Durante los últimos años, los docentes y directivos docentes han demostrado una gran preocupación por datos estadísticos, cifras que se encargan de medir la población escolar, la necesidad del docente en una sede, el presupuesto, el nivel de deserción escolar, el nivel académico de la institución según resultados en las diversas pruebas de Estado, etc. etc.etc.
Se ha pasado a ser una cifra más, y como de cifras se está hablando…sabía usted que según el Sistema Integrado de Matrícula SIMAT, en el año lectivo 2011, la Institución Educativa Eustaquio Palacios reportó ante la Secretaría de Educación 54 estudiantes en condición de desplazados?, 54 estudiantes que forma parte de los más de los 78.301 desplazados registrados en Santiago de Cali, de los 232.811 desplazados del Valle del Cauca, de los más de cuatro millones de desplazados de Colombia y 25’000000 a nivel mundial?.
Colombia es el segundo país con mayor número de desplazados en el mundo, título que debe ser motivo de vergüenza y más en nuestra condición docente, cuando ni siquiera se ha identificado que detrás de un-una estudiante irascible, agresivo-a, rebelde, introvertido-a, problemático-a, puede haber una historia de vida marcada por un antes y un después de un desplazamiento forzado, una historia que puede llegar a ser ignorada o conocida y estigmatizada por quienes están formado sociedad.
Una familia desplazada no necesita ser motivo de lástima, necesita ser asesorada de manera correcta, para que el Estado le devuelva el lugar que le corresponde, pero para ello es urgente que los-las docentes, directivos docentes y personal administrativo encargados del primer encuentro escuela-padre-madres de familia, conozca qué hacer cuando llegan a la Institución, dónde enviarlos y no simplemente formular la pregunta que permite que ingrese a formar parte de un dato estadístico…”¿Trae la carta de la UAO?” . (Pregunta que puede llegar a genera otro tipo de desplazamiento).
Con la respuesta dada a la pregunta del párrafo anterior, empieza entonces dos procesos diferentes pero que llevan al mismo resultado: EL INGRESO DEL NIÑO-A AL SISTEMA ESCOLAR. Si la respuesta es afirmativa indica que la familia realizó los trámites correspondientes ante la Unidad de Atención y Orientación U.A.O. y ha sido incluida o está en proceso de inclusión en el Registro Único de Población Desplazada R.U.P.D. El cupo para el- la estudiante debe ser asignado, sin más requisitos que la carta de la UAO.
Cuando la familia no tiene la carta de la UAO, es deber de la Institución recibir y asesorar a la familia para que realice el trámite correspondiente ante el Ministerio Público: Personería, Defensoría o Procuraduría, con cita previa al teléfono 3104874273 entre 7:30 a.m. y 8:00 a.m. de la U.A.O. la cual deberá a su vez enviar a Acción Social la declaración tomada a la persona víctima del desplazamiento, para su valoración y es esta última quien se encarga de asignar el RUPD e informar los pasos a seguir y los beneficios que obtienen las víctimas. Otro mecanismo que la persona desplazada puede seguir es dirigiéndose al octavo piso de la Alcaldía, donde funciona una oficina de Atención a la Población Víctima de Desplazamiento.
Es importante tener en cuenta que es El Estado quien debe garantizar el bienestar de los Colombianos-as, según La Constitución, por ello, para asumir su responsabilidad ante la población víctima del desplazamiento Forzado, se han generado una serie de normas que es importante conocer, con el fin de MITIGAR un poco los daños psicosociales padecidos por la persona desplazada. Entre ellas se tiene: La Ley 387 DE 1997 (Artículo 19), Decreto 2562 del 2001 del Ministerio de Educación Nacional M.EN. Lineamientos para la Atención a grupos vulnerables. Directiva Ministerial No. 2 del 2009 (M.E.N.). Auto 251 del 2008.
Pero no basta con que haya toda una legislación orientada hacia la población en situación de desplazamiento, es necesario que exista una apropiación de la misma, dentro de la Institución Educativa, para que se elaboren planes incluyentes que garanticen el acceder y el permanecer del estudiante en condición de desplazado, dentro del sistema educativo, sólo así, se evitará el re-victimizar la víctima. Planes contextualizados no desde la visión del docente, (quien le teme al “desplazamiento” de una sede a otra), sino desde ese sentir del estudiante quien sí ha vivido una experiencia dolorosa.
En la escuela se habla de un aprendizaje significativo, pero es la figura del docente la que debe ser significativa para la familia desplazada, por convertirse en una parte fundamental en la RECONSTRUCCIÓN de un nuevo proyecto de vida. El niño-a desplazado-a no es responsable de la situación en la cual se encuentra, pero La Institución Educativa si debe asumir la responsabilidad de devolverle la esperanza, el amor hacia el sitio donde ha llegado, la fe hacia la sociedad, la autoimagen, la seguridad y el respeto.
ESE SER, QUE ES UN NÚMERO DEL SIMAT, LO NECESITA A USTED SR. RECTOR, COORDINADOR-A DOCENTE, PARA PODER CREER NUEVAMENTE EN LA VIDA.
A continuación amigo-a lector-a le invito a escuchar con atención la canción que aparece en el siguiente link
LIC. ANA DORIS POSADA VEGA
SEDE RURAL TULIO ENRIQUE TASCON.
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